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Botelho Law Group PLLC · Massachusetts

Abogado de visas de trabajo

Trabajar en Estados Unidos por lo general requiere la visa o la green card (residencia permanente) adecuada, y la elección correcta depende de su puesto, su formación, su empleador y sus planes a largo plazo. Botelho Law Group ayuda a trabajadores, profesionales, inversionistas y a las empresas que los contratan con visas de trabajo temporal y green cards por empleo en todo Estados Unidos. Consulta gratuita en inglés, portugués o español.

Visas de trabajo temporal y green cards por empleo

La inmigración por motivos de empleo se divide en dos grupos:

  • Las visas de trabajo temporal (de no inmigrante) le permiten trabajar en Estados Unidos para un empleador o con un propósito específico durante un tiempo limitado.
  • Las green cards por empleo le otorgan la residencia permanente con base en una oferta de trabajo, sus capacidades o una inversión.

Muchas personas comienzan con una visa temporal y más adelante solicitan una green card (residencia permanente). Planificar ambos pasos desde el principio evita interrupciones en el estatus y pérdidas de tiempo.

La ley de inmigración es federal, por lo que las reglas son las mismas en todos los estados. Representamos a clientes en todo el país, con reuniones por teléfono o videollamada.

Visas de trabajo temporal más comunes

VisaPara quién esPuntos clave
H-1BProfesionales en ocupaciones especializadas que requieren al menos una licenciaturaLímite anual y sorteo para la mayoría de los empleadores; el empleador presenta la petición; hasta seis años, con extensiones en algunos casos
L-1Gerentes, ejecutivos y trabajadores con conocimientos especializados que se trasladan dentro de una empresaDeben haber trabajado para la empresa relacionada en el extranjero durante un año en los últimos tres
O-1Personas con habilidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios o deportesAlto nivel de prueba; sin límite anual
TNProfesionales canadienses y mexicanos bajo el T-MEC (USMCA)Profesiones incluidas en la lista; renovable
E-1 / E-2Comerciantes e inversionistas por tratado de países con un tratado que califiqueLa E-2 requiere una inversión sustancial en un negocio real y en funcionamiento en EE. UU.
H-2A / H-2BTrabajadores temporales agrícolas y no agrícolasEl empleador debe probar el mercado laboral de EE. UU.; países y cantidades limitados
R-1Trabajadores religiososDeben trabajar para una organización religiosa que califique

Cada visa tiene sus propias reglas sobre quién puede presentar la solicitud, cuánto tiempo puede quedarse, si su cónyuge puede trabajar y si puede cambiar de empleador.

La visa H-1B

La H-1B es la visa de trabajo profesional más común. Reglas clave:

  • El puesto debe requerir al menos una licenciatura, o su equivalente, en un campo específico.
  • El empleador debe pagar al menos el salario prevaleciente (prevailing wage) y presentar una Labor Condition Application (LCA, solicitud de condiciones laborales) ante el Departamento de Trabajo.
  • La mayoría de los nuevos trabajadores H-1B están sujetos a un límite anual, con un cupo adicional para personas con maestría o un título superior obtenido en EE. UU. Los empleadores se registran en la primavera, y el USCIS selecciona los registros mediante un sorteo.
  • Las universidades, las organizaciones sin fines de lucro vinculadas a ellas y las organizaciones gubernamentales de investigación están exentas del límite.
  • El estatus H-1B por lo general se otorga por períodos de hasta tres años a la vez, con un límite de seis años que puede extenderse mientras haya un caso de green card en trámite.

El programa H-1B ha cambiado de forma significativa. Una proclamación presidencial exige un pago de $100,000 para ciertas peticiones H-1B nuevas para trabajadores que están fuera de Estados Unidos, con excepciones e impugnaciones judiciales en curso. Desde la temporada del límite del año fiscal 2027, el sorteo da más peso a los registros con niveles salariales más altos, y se aplican nuevas tarifas a algunas peticiones. Verificamos las reglas vigentes antes de que su empleador se registre o presente la petición.

Green cards por empleo

CategoríaQuién califica
EB-1Personas con habilidad extraordinaria, profesores e investigadores sobresalientes, y gerentes y ejecutivos multinacionales
EB-2Profesionales con títulos avanzados o habilidad excepcional, incluido el National Interest Waiver (exención por interés nacional)
EB-3Trabajadores calificados, profesionales con licenciatura y otros trabajadores
EB-4Inmigrantes especiales, incluidos ciertos trabajadores religiosos
EB-5Inversionistas que realizan una inversión que califica en un negocio de EE. UU. que crea empleos

El proceso habitual

En la mayoría de los casos EB-2 y EB-3, el proceso tiene tres pasos:

  1. Certificación laboral PERM. El empleador prueba el mercado laboral de EE. UU. conforme a las reglas del Departamento de Trabajo para demostrar que no hay ningún trabajador estadounidense calificado disponible, y el Departamento certifica el puesto.
  2. Formulario I-140. El empleador presenta ante el USCIS una petición de inmigrante (Formulario I-140, petición de inmigrante para trabajador extranjero) que demuestra que el trabajador califica y que el empleador puede pagar el salario ofrecido.
  3. La green card. Cuando la fecha de prioridad del trabajador está vigente en el Visa Bulletin (boletín mensual de visas), este solicita la green card mediante el ajuste de estatus con el Formulario I-485 (solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus) o mediante el trámite consular en el extranjero.

Los casos EB-1 y los casos de National Interest Waiver omiten el paso PERM. En algunos de estos casos, el trabajador puede presentar la petición por sí mismo, sin un empleador.

El National Interest Waiver

El EB-2 National Interest Waiver (NIW, exención por interés nacional) permite que profesionales con títulos avanzados o habilidad excepcional presenten una petición por sí mismos si su trabajo tiene mérito sustancial e importancia nacional, si están bien posicionados para impulsarlo y si eximir el requisito de oferta de trabajo beneficia a Estados Unidos. Muchos ingenieros, científicos, profesionales de la salud y emprendedores, incluidos muchos de Brasil, usan esta vía.

Tiempos de espera

Algunas categorías tienen esperas largas, sobre todo para personas nacidas en países con mucha demanda. Su país de nacimiento, y no su ciudadanía, suele determinar en qué fila está. Le explicamos el tiempo de espera previsto antes de comenzar.

Cambiar de empleo

  • Portabilidad de la H-1B. Un trabajador H-1B por lo general puede comenzar a trabajar para un nuevo empleador en cuanto este presenta una petición, sin esperar la aprobación, si el trabajador tiene un estatus válido.
  • Portabilidad de la green card. Después de que un I-485 lleva 180 días pendiente, es posible que el trabajador pueda pasar a un empleo igual o similar sin empezar de nuevo.
  • Pérdida del empleo. Muchos trabajadores con estatus H-1B, L-1, O-1 y similares tienen un período de gracia de hasta 60 días después de que termina su empleo para encontrar un nuevo empleador, cambiar de estatus o salir del país.

Nunca deje de trabajar, cambie de empleo ni salga del país sin verificar cómo afecta eso a su estatus y a su caso de green card.

Información para empleadores

Contratar a trabajadores extranjeros conlleva obligaciones:

  • Formulario I-9. Verificar la identidad y la autorización de empleo de cada nuevo empleado (Formulario I-9, verificación de elegibilidad de empleo).
  • Salarios y avisos. Pagar al menos el salario requerido y mantener archivos de acceso público para los trabajadores H-1B.
  • Reglas de reclutamiento. Seguir las reglas del Departamento de Trabajo en el proceso PERM.
  • Cambios en el empleo. Enmendar las peticiones cuando las funciones, el lugar de trabajo o el horario cambien de forma significativa.
  • Visitas al lugar de trabajo y auditorías. Estar preparado para revisiones del USCIS y del Departamento de Trabajo.

Ayudamos a pequeñas empresas y empresas en crecimiento, incluidas las empresas de inmigrantes, a entender sus opciones para patrocinar a trabajadores y a mantener el cumplimiento de las reglas.

Inversionistas y emprendedores

Inversionistas por tratado E-2

Los inversionistas por tratado E-2 pueden vivir y trabajar en EE. UU. para dirigir un negocio en el que han invertido, si su país tiene un tratado que califique con Estados Unidos.

Inversionistas EB-5

Los inversionistas EB-5 pueden obtener green cards para sí mismos y para sus familias mediante una inversión que califique y que cree al menos diez empleos de tiempo completo para trabajadores estadounidenses. El monto de inversión requerido lo fija la ley y se ajusta con el tiempo.

Fundadores

Los fundadores de empresas pueden calificar mediante la O-1, la L-1 para una nueva oficina o el National Interest Waiver.

Las visas de inversión requieren una documentación cuidadosa del origen de los fondos y del plan de negocios.

Familiares

Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años por lo general pueden acompañar al trabajador con un estatus de dependiente, como H-4, L-2, O-3 o dependientes E. Los cónyuges de trabajadores L-1 y E están autorizados a trabajar, y algunos cónyuges H-4 pueden solicitar un permiso de trabajo cuando el trabajador H-1B está en camino a la green card.

Problemas comunes en los casos de empleo

Los casos de empleo requieren mucho detalle, y los problemas pequeños pueden causar demoras largas:

  • Solicitudes de evidencia que cuestionan si un puesto es realmente una ocupación especializada, o si el título del trabajador corresponde al puesto
  • Equivalencia de títulos para títulos extranjeros o títulos de tres años, que pueden requerir una evaluación de credenciales
  • Interrupciones en el estatus entre empleos, visas o entre los estudios y el trabajo
  • Empleo no autorizado, como trabajar antes de la aprobación o para el empleador equivocado
  • Cambios en el empleador durante un proceso largo de green card, como una fusión, despidos o nuevas funciones
  • Retroceso de la fecha de prioridad, cuando el Visa Bulletin retrocede y un caso pendiente debe esperar
  • Demoras consulares y procesamiento administrativo para los trabajadores que presentan su solicitud en el extranjero

Revisamos su historial antes de presentar la petición para que esta aborde estos problemas desde el principio, y respondemos a las solicitudes de evidencia con respuestas organizadas y completas.

Documentos que debe reunir

  • Su pasaporte, sus visas actuales y anteriores, y sus registros I-94
  • Diplomas, certificados de calificaciones y cualquier evaluación de credenciales
  • Cartas detalladas de empleadores anteriores que describan sus funciones y las fechas
  • Licencias profesionales, publicaciones, premios y membresías, para casos O-1, EB-1 y NIW
  • Talones de pago, formularios W-2 y declaraciones de impuestos de su empleo en EE. UU.
  • En el caso de los empleadores, información de la empresa, registros financieros y la descripción del puesto

Trabajadores de Brasil, Portugal, Cabo Verde y América Latina

Muchos de los trabajadores y dueños de negocios a quienes ayudamos provienen de Brasil, Portugal, las Azores, Cabo Verde y América Latina. Nuestro personal bilingüe puede explicar cada paso en portugués o español a los trabajadores, a sus familias y a los empleadores.

Recursos gratuitos de nuestra firma

Nuestro Centro de Procesos de Inmigración reúne nuestras guías y videos sobre documentos, entrevistas y cambios recientes de políticas.

Cómo ayudamos

  • Consulta gratuita. Revisamos su formación, su experiencia, su oferta de trabajo y sus objetivos, en inglés, portugués o español, y le explicamos sus opciones y el costo.
  • Estrategia. Elegimos la visa temporal adecuada y planificamos el camino hacia una green card.
  • Peticiones. Preparamos solicitudes H-1B, L-1, O-1, TN, E-2 y otras, así como peticiones de green card por empleo.
  • National Interest Waivers. Reunimos la evidencia para las autopeticiones.
  • Empleadores. Asesoramos a empresas sobre patrocinio y cumplimiento de las reglas.
  • Problemas. Respondemos a solicitudes de evidencia, denegaciones e interrupciones en el estatus.

Preguntas frecuentes

¿Puedo obtener una visa de trabajo sin una oferta de empleo?

Por lo general no, pero algunas vías, como el EB-2 National Interest Waiver, el EB-1 por habilidad extraordinaria y ciertas visas de inversionista, no requieren que un empleador lo patrocine.

¿Cómo funciona el sorteo de la H-1B?

Los empleadores registran a los candidatos durante un período de registro en la primavera. El USCIS selecciona suficientes registros para cubrir el límite anual, y solo los registros seleccionados pueden presentarse como peticiones. Desde la temporada del año fiscal 2027, la selección se pondera según el nivel salarial, por lo que los puestos mejor pagados tienen más probabilidades de ser seleccionados.

¿Puedo cambiar de empleador con una H-1B?

Por lo general, sí. Su nuevo empleador presenta una nueva petición y, en muchos casos, usted puede comenzar a trabajar en cuanto se presenta.

¿Qué pasa si pierdo mi empleo con una visa de trabajo?

Muchos trabajadores tienen un período de gracia de hasta 60 días para encontrar un nuevo empleador, cambiar de estatus o salir del país. Busque asesoría de inmediato.

¿Puede trabajar mi cónyuge?

Depende de la visa. Los cónyuges de trabajadores L-1 y E pueden trabajar. Algunos cónyuges H-4 pueden solicitar un permiso de trabajo. Otros no pueden trabajar.

¿Cuánto tarda una green card por empleo?

Depende de la categoría, de los tiempos de procesamiento del PERM y del USCIS, y de su país de nacimiento. Algunos casos tardan uno o dos años, mientras que otros tardan muchos años.

¿Puedo pasar de una visa de estudiante a una visa de trabajo?

Sí. Muchos estudiantes usan la OPT (capacitación práctica opcional) y luego pasan a la H-1B o a otro estatus. Planificar antes de la graduación ayuda a evitar interrupciones.

¿Puedo iniciar un negocio mientras tengo una visa de trabajo?

Por lo general, puede ser dueño de acciones de una empresa, pero trabajar para su propio negocio generalmente requiere autorización para ese trabajo. Opciones como la visa E-2, la O-1 o un National Interest Waiver pueden ser adecuadas para fundadores. Hable con nosotros antes de comenzar a trabajar para su propia empresa.

¿Atienden casos fuera de Massachusetts?

Sí. La ley de inmigración es federal, por lo que representamos a trabajadores y empleadores en todo Estados Unidos.

¿Pueden ayudar en portugués o español?

Sí. Nuestro equipo incluye personal que habla portugués y español con fluidez y trabaja con el abogado Joseph F. Botelho.

Hable con nosotros sobre trabajar en Estados Unidos

Cuéntenos sobre su formación, su empleo y sus planes, o sobre el trabajador que desea contratar. Le explicaremos las opciones, los plazos y el costo.

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