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En mi práctica como abogado de bancarrotas en The Botelho Law Group, examino el conjunto particular de hechos de cada posible cliente y analizo no solo los diferentes capítulos de bancarrota, sino también las alternativas a esta. En la Parte I de esta serie discutí la liquidación de deudas vs. la gestión de deudas. En esta segunda parte de una serie de artículos relacionados con las alternativas a la bancarrota, voy a explicar una de las muy pocas situaciones en las que un curso de acción razonable es en realidad no hacer nada.

Una nota muy importante a destacar desde el principio de este artículo es que rara vez aconsejo a un cliente con problemas financieros que «no haga nada». Lo que están a punto de leer solo funciona en casos muy específicos. Por favor consulte a un abogado de bancarrotas experimentado que tenga conocimiento no solo de las alternativas a la bancarrota en general, sino que también comprenda cómo una persona puede estar protegida contra juicios, así como cómo analizar adecuadamente su conjunto específico de hechos.

Una persona puede considerarse protegida contra juicios si su conjunto de circunstancias resulta en una situación en la que, si un acreedor los demandara y ganara, en realidad no ocurriría nada negativo a pesar de que el acreedor tenga un juicio. El cliente potencial típico no se ajusta a esta situación, pero hay algunos que sí lo hacen y siempre vale la pena considerar esta opción y la probabilidad de éxito o fracaso durante una consulta de bancarrota.

¿Cuándo podría considerarse un cliente protegido contra juicios? Obtener un juicio y cobrar son dos cosas muy diferentes. Una persona está protegida contra juicios cuando no hay forma de que el acreedor que tiene el juicio reciba el pago. Esto significa que las formas típicas legales para cobrar un juicio no están disponibles para el acreedor. Las formas en que un demandante exitoso en una demanda intenta recibir el pago incluyen: poner un gravamen sobre bienes raíces, embargar salarios, embargar una cuenta bancaria por montos que no se consideran exentos, o quizás otros medios dependiendo del estado en el que viva. Por lo tanto, una persona que podría ser protegida contra juicios no tiene ingresos que puedan ser embargados ni propiedades que puedan ser utilizadas para satisfacer el juicio. El análisis de esto está más allá del alcance de este artículo, pero un abogado de bancarrotas experimentado podrá evaluar si usted se ajusta a la categoría de protegido contra juicios.

A pesar de ser protegido contra juicios, a veces la bancarrota aún puede ser la mejor opción. Un acreedor seguirá llamando, enviando facturas y probablemente lo llevará a la corte para revisar su situación financiera en una audiencia de revisión de pagos si tienen un juicio. En mi práctica como abogado de bancarrotas, ha habido momentos en los que un cliente protegido contra juicios ha decidido declararse en bancarrota simplemente para poner fin a los problemas y al estrés asociados con un acreedor que intenta cobrar la deuda.

Incluso si un cliente está protegido contra juicios, no necesariamente siempre será así. En Massachusetts, un juicio es «válido» durante veinte (20) años. Por lo tanto, si en el futuro hay un cambio en los ingresos no exentos o un interés en bienes raíces, todavía existe el riesgo de que un acreedor con juicio reciba el pago mediante el embargo de salarios o la colocación de gravámenes sobre propiedades.

Como se mencionó al principio de este artículo, la estrategia de no hacer nada y depender del hecho de que está protegido contra juicios es algo que solo se debe hacer después de hablar con un abogado de bancarrotas experimentado. Los riesgos de no hacer nada cuando una persona en realidad no está protegida contra juicios son enormes y los resultados pueden ser devastadores.

Como señalé en la primera parte de esta serie, no hay una solución «universal» para los problemas de deudas. Hay muchos factores que intervienen en determinar qué estrategia legal se debe tomar. Nuestra firma ofrece consultas gratuitas donde repasaré su conjunto particular de hechos y analizaré no solo la bancarrota, sino también otras alternativas, incluso en el raro caso en que tenga sentido no hacer nada.

Joseph F. Botelho, Esq.

BOTELHO LAW GROUP
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